
INFORMA CO.BAS – Publicada en la Intranet; Nota aclaratoria sobre los criterios aplicados en el proceso de acoplamiento en los partidos judiciales de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.
Nota aclaratoria sobre los criterios aplicados en el proceso de acoplamiento en los partidos judiciales de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife
Recibidas consultas sobre los listados del acoplamiento se hacen necesario una aclaración en relación con los criterios aplicados para el mismo, en especial en los partidos judiciales de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife. El apartado C) de la Resolución de 5 de junio de 2025, por la que se aprueban los criterios y el desarrollo del proceso de acoplamiento establece lo siguiente:
“En los partidos judiciales cuya estructura tiene además un servicio común de ejecución, se solicitará a los funcionarios que manifiesten su preferencia sobre el centro de destino. Los funcionarios serán confirmados en el servicio común de tramitación y reordenados o reasignados en el resto de los servicios comunes. Para la confirmación se aplicarán la regla de antigüedad en el puesto, y en caso de empate antigüedad en el escalafón.”