INFORMA CO.BAS – Publicado en la página del Ministerio de Justicia, las plantillas definitivas del 1º, 2º y 3º ejercicios del Cuerpo de Tramitación Procesal, OEP 2022 Turno Libre (Concurso-Oposición).

INFORMA CO.BAS – Publicado en la página del Ministerio de Justicia, las plantillas definitivas del 1º, 2º y 3º ejercicios del Cuerpo de Tramitación Procesal, OEP 2022 Turno Libre (Concurso-Oposición).

Tramitación Procesal y Administrativa, acceso libre, estabilización concurso oposición, Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre (BOE de 30 de diciembre)

PLANTILLAS DEFINITIVAS TRAMITACION, LIBRE, ORDEN 1327

​Se publica el acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se elevan a definitivas las plantillas de respuestas de Tramitación, turno libre, Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.

ACUERDO
Recibidas las alegaciones presentadas por las personas aspirantes, a la plantilla provisional de respuestas válidas del primer, segundo y tercer ejercicios, este Tribunal acuerda lo siguiente:


Primero.- Debe de ser estimada la impugnación y por tanto anulada la siguiente pregunta al ser contradictoria con el TREBEP DT 5ª y Disposición Derogatoria única, y estar derogado el artículo 8 de la Ley 9/1987, de 12 de junio.
Por lo anterior pasa a computarse la primera pregunta de reserva, que se corresponde con la pregunta 101 de ambos modelos de cuestionario.


PREGUNTA 88 A (43 B)
Según el artículo 8 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de representación, Determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ¿ cuántos miembros de Junta de personal le correspondería a un censo de 2569 funcionarios?:
a) Diecinueve.
b) Veintiuno.
c) Veintitrés.
d) Veinticinco.


Segundo.- Respecto a la pregunta 129 del modelo A, y 143 del modelo B, se rectifica la respuesta correcta, quedando como sigue:
PREGUNTA 129 A (143 B)
¿Qué combinación de teclas usaremos para hacer un salto de línea?:
a) Alt+F2
b) Alt+F3
c) Ctrl+F2
d) Mayús+Enter
Respuesta correcta : d)


Tercero.- Se desestiman todas las demás impugnaciones presentadas al carecer de fundamento jurídico suficiente para proceder a su anulación, por ajustarse a la normativa vigente y por considerar que las cuestiones planteadas y las respuestas válidas se ajustan al programa de la convocatoria.

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