INFORMA CO.BAS – INTERÉS GENERAL BOE 24/04/2020 Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la que se establecen el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19.

INFORMA CO.BAS – INTERÉS GENERAL BOE 24/04/2020 Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la que se establecen el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19.

-ENLACE BOE; https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/24/pdfs/BOE-A-2020-4609.pdf

Publicado en el BOE de 24/04/2020 la Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la que se establecen el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19.

Esta orden tiene por objeto establecer las actuaciones a desarrollar durante el tercer trimestre del curso escolar 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, en el ámbito de la educación no universitaria, sin perjuicio de las competencias que el ordenamiento jurídico vigente reconoce a las Comunidades Autónomas.

Conferencia Sectorial de Educación.

  1. El marco general y las directrices para la realización de las actuaciones a desarrollar durante el tercer trimestre del curso escolar 2019-2020, y el inicio del curso 2020-2021, en el ámbito de la educación no universitaria, fueron sometidas a decisión en la reunión de 15 de abril de 2020 de la Conferencia Sectorial de Educación, tal como se recoge en el Anexo I.
  2. Las citadas directrices se contienen en los Anexos II y III.

Marco y directrices generales de actuación.

a) Cuidar a las personas, un principio fundamental.
b) Mantener la duración del curso escolar.
c) Adaptar la actividad lectiva a las circunstancias.
d) Flexibilizar el currículo y las programaciones didácticas.
e) Adaptar la evaluación, promoción y titulación.
f) Trabajar de manera coordinada.
g) Preparar el próximo curso 2020-2021.

Directrices específicas por etapas o enseñanzas.

a) Adaptación de los criterios de evaluación.
b) Procedimiento de evaluación.
c) Criterios de promoción.
d) Criterios de titulación, solamente para Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas.
e) Criterios de permanencia, solamente para Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas.
f) Documentos de evaluación.
g) Procedimientos de admisión, solamente para Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
h) Pruebas específicas de acceso, solamente para Enseñanzas Artísticas y Deportivas.

Enseñanzas de Idiomas y Educación de Personas Adultas.

  1. Las Administraciones educativas competentes, aplicarán lo previsto en la presente orden y en sus anexos que resulte pertinente, y en la medida y en los términos que las citadas Administraciones educativas competentes lo determinen, a las Enseñanzas de Idiomas, en función de las características de estas enseñanzas.
  2. Las enseñanzas de personas adultas flexibilizarán sus programaciones de tercer trimestre, así como las decisiones de evaluación, promoción, permanencia y, en su caso, titulación, en los términos que las Administraciones educativas competentes establezcan. En el caso de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller, Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional, se atenderá a las directrices de actuación a desarrollar durante el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021 para cada etapa o enseñanza que se despliegan en el Anexo III, en la medida que determinen las Administraciones educativas competentes.

Related Posts