INFORMA CO.BAS – INFORMACIÓN   SOBRE   TELETRABAJO

La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, a traves del correo electrónico gubernativo da traslado de la siguiente información sobre el teletrabajo, que a continuación ponemos y pueden ver en sus correos gubernativos.

image001

INFORMACIÓN   SOBRE   TELETRABAJO

Buenas tardes,

El 15 de abril  de 2020 entra en vigor la Resolución del Ministro de Justicia de 13 de abril, por la que se adapta la prestación del servicio público de justicia al Real Decreto 487/2020, de 10 de abril.

En dicha Resolución, aplicable a nuestra Comunidad Autónoma, se adoptan varias disposiciones, aprobadas de forma consensuada con el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado en lo que corresponde a los fiscales, las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, y en consultas con los Consejos Generales de la Abogacía, Procuradores y Graduados Sociales y las organizaciones sindicales.

La disposición segunda establece las dotaciones para la cobertura del servicio público y señala que, para garantizar el adecuado funcionamiento de sedes y tribunales durante la vigencia del estado de alarma, el servicio público de justicia debe ser atendido a través de tres modalidades: modalidad de trabajo presencial; modalidad de plena disponibilidad y modalidad de teletrabajo.

Respecto de esta última, dispone el Ministerio de Justicia que el personal que disponga de dispositivos con accesos securizados a sistemas y aplicaciones de gestión procesal proporcionados por la administración prestacional, o que en su defecto pueda prestar voluntariamente el servicio en similares condiciones con dispositivos personales, podrá realizar sus funciones desde su domicilio, así como el apoyo que se le requiera para prestar los servicios esenciales.

Por tanto, se establece la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras de la administración de justicia puedan prestar, voluntariamente, sus servicios en la modalidad de teletrabajo. Se trata, en todo caso, de una prestación voluntaria del trabajador o trabajadora que requiere, además, que las funciones específicas de su puesto de trabajo puedan ser realizadas a distancia.

En ese caso, el funcionario o funcionaria interesado habrá de dirigir un correo electrónico a las siguientes direcciones:

pmmlp.justicia@gobiernodecanarias.org ( si presta servicio en la provincia de Las Palmas)

pmmtfe.justicia@gobiernodecanarias.org ( si presta servicio en la Provincia de S/C de Tfe)

En dicho correo, además de los datos personales, deberán hacer constar el órgano judicial en el que prestan sus servicios; el cuerpo de la administración correspondiente, si las funciones que prestan pueden realizarse en la modalidad de teletrabajo y si necesitan de algún equipo informático para poder realizar la actividad.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

En Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 2020

Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia

Marta Bonnet Parejo

                                                                                                                                                                         

Related Posts