Publicado los Servicios Mínimos Justicia 8M

Publicada la ORDEN de 4 de marzo de 2019, por la que se determinan los servicios mínimos
necesarios para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Canarias, como consecuencia de la convocatoria de
huelga del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia para el
día 8 de marzo de 2019.
-DESCARGA RESOLUCIÓN SERVICIOS MÍNIMOS; Servicios Minimos 8M

Convocada jornada de huelga del personal al servicio de la Administración de Justicia en
Canarias adscrito a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de
la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, para el día 8 de marzo de 2019 por distintas
organizaciones, convocando unas, por un lado, una huelga de veinticuatro horas desde las
00:00 horas hasta las 24:00 horas del mismo día (IC y COBAS), y otras, por otro lado, un
paro de dos horas (UGT) o una hora (CSIF) según el turno de trabajo, a lo largo de la citada
jornada.
Primero.- Se consideran servicios esenciales:
a) El servicio de guardia de los Juzgados y Fiscalías. Los Juzgados de guardia y fiscalías
en servicio de guardia, en atención a los asuntos que tramitan y la urgencia en su resolución,
deberán contar con toda la dotación de personal que efectúe el servicio de guardia.
b) La realización de autopsias.
c) Juicios orales en el orden penal o cualquier otro acto o comparecencia en causa con
preso, con el fin de no demorar la resolución de situaciones de privación de libertad. Todas
las actuaciones penales de instrucción en causa por delitos, que sean de carácter urgente.
d) Todas las actuaciones urgentes de los Juzgados con competencias en materia de
violencia de género y menores que resulten inaplazables.
e) El reconocimiento de lesionados.
f) Las actuaciones de Registro Civil que sean inaplazables, las referidas al trámite de
defunciones y la celebración de bodas señaladas.
g) Recepción de escritos que estén sujetos a plazos perentorios por la ley y cuya
presentación suponga algún perjuicio al interesado
h) Reparto de asuntos de carácter urgente a los distintos órganos jurisdiccionales.
i) Medidas cautelares o provisionales y embargos de buques y aeronaves
j) Las actuaciones en que venza un plazo preestablecido por la ley cuyo cumplimiento
pueda suponer la pérdida o perjuicio de derechos, o bien, todas aquellas en las que sin vencer
el plazo, su falta de práctica comporte un notable perjuicio al interesado.
k) La celebración de vistas señaladas y las interesadas por el orden social y contenciosoadministrativo,
siempre que sean consideradas urgentes por la ley.
l) Los internamientos civiles.
Segundo.- Para atender los citados servicios esenciales, se establecen los servicios
mínimos relacionados en el anexo de la presente Orden, con excepción de los Juzgados de
Guardia que cuando actúen durante la misma deberán contar con la dotación íntegra del
personal que compone su plantilla de guardia, de conformidad con lo que determinan las
disposiciones vigentes.
Tercero.- Para el supuesto de que no se cumplan los servicios mínimos garantizados
por el Comité de Huelga durante el desarrollo de la misma, la Administración adoptará las
medidas que se consideren oportunas.
En todo caso, la persona que se encuentre diariamente realizando el servicio mínimo
permanecerá en el mismo durante toda la jornada laboral.
A N E X O
Servicios mínimos para el día 8 de marzo de 2019
PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Para el cumplimiento de los servicios esenciales se establecen los siguientes servicios
mínimos en el ámbito de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de
Canarias, los siguientes:
1) Los juzgados que actúen de guardia: toda la dotación de personal que efectúa el
servicio de guardia habitualmente.
2) Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer exclusivos: 1 Gestor o Tramitador Procesal
y Administrativo y 1 Auxilio Judicial que efectúa el servicio de guardia habitualmente.
3) Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción con competencias en materia de
violencia sobre la mujer: 1 Gestor o Tramitador Procesal y Administrativo y 1 Auxilio
Judicial.
4) Secciones Penales de la Audiencia Provincial y Juzgados de lo Penal. 1 Gestor o
Tramitador Procesal y Administrativo, y 1 Auxilio Judicial.
5) Resto de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, Juzgados de Instrucción,
Juzgados de Instancia, Juzgados de Familia, Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Juzgados
de Menores, Juzgados de lo Mercantil, Juzgados de lo Social, Juzgados de lo Contencioso-
Administrativo, Salas de lo Social y Salas de lo Contencioso-Administrativo: 1 Gestor o
Tramitador Procesal y Administrativo.
6) Servicio Común de Notificaciones y Embargos: 1 Gestor o Tramitador Procesal y
Administrativo y 1 Auxilio Judicial.
7) Decanatos: 1 Gestor o Tramitador Procesal Administrativo.
8) Fiscalías que actúen de guardia: toda la dotación de personal que efectúa el servicio
de guardia habitualmente.
9) Juzgado de Paz: 1 Gestor o Tramitador Procesal y Administrativo.
10) Registro Civil único. 1 Gestor o Tramitador Procesal y Administrativo y 1 Auxilio
Judicial.
11) En los Institutos de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran
Canaria: Médicos forenses de guardia.
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