NOTA INFORMATIVA REUNIÓN VICECONSEJERA Y DIRECTORA GENERAL POR VIDEOCONFERENCIA E INSTRUCCIÓN D.G.R.A.J. ADAPTACIÓN SERVICIOS ESENCIALES

NOTA INFORMATIVA REUNIÓN VICECONSEJERA Y DIRECTORA GENERAL POR VIDEOCONFERENCIA E INSTRUCCIÓN D.G.R.A.J. ADAPTACIÓN SERVICIOS ESENCIALES 02/04/2020

En el día de hoy 03 de Abril de 2020, se ha celebrado una videoconferencia con la Viceconsejera y Directora General de Justicia con la centrales sindicales del ámbito de justicia, en la que se nos comunica que habría que adaptar la Resolución del día 31 de Marzo de 2020 dictada por la D.G.R.A.J. en la jurisdicción penal, que es la que pondremos a continuación y como quedan los servicios esenciales, que serían para los tres días hábiles antes de la Semana Santa ( 6, 7  y 8 de Abril), lo que no se modifica queda tal cual estaba con la última Resolución, déspues de Semana Santa posiblemente volvamos a como estabamos con anterioridad a la Resolución del 31 de Marzo y esta Instrucción, dependera de si dicta una nueva prorroga del Estado de Alarma, lo que se recoja en ella y las instrucciónes que dicte el Ministerio de Justicia.

Dicho esto, desde co.bas comunicamos nuestro parecer y expuesto en dicha videoconferencia, que no es otro, que no estamos de acuerdo con esta modificación, y que con la Resolución dictada por la D.G.R.A.J. el 31 de Marzo de 2020 ya se cubrían los servicios esenciales adecuados y adaptados al Real Decreto de 10/2020 de 29 de marzo y Resolución del Ministro de Justicia de 30 de Marzo de 2020, por lo que no entendemos este cambio ahora, y a lo que todas la centrales sindicales nos hemos opuesto, cuando queda bastante claro la intención de lo que viene recogido en ambas, que no es ni más ni menos, que en esta dos semanas se redujera la movilidad al mínimo, como si fuera un fin de semana, entendiendo y tenemos claro el servicio esencial que prestamos, y que con la disponibilidad a nuestro parecer quedaba cubierto, y así se cumplia ese mandato, protegiendo de esta manera al personal de la Administración de Justicia y no poniendo en riesgo nuestra salud, por lo que dicen hasta ahora las autoridades sanitarias, que la mejor manera para defenderse hasta ahora para contener esta pandemia es «QUEDARSE EN CASA».

También hemos vuelto a reiterar, que debemos estar presentes en esas Comisiones, en la que se adoptan y toman acuerdos laborales que nos influyen a todos los funcionarios de Justicia y a nuestra salud, cuando parte de quienes forman esas Comisiones trabajan desde casa, y asumen funciones que se salen del ámbito puramente jurisdiccional, y cuando lo lógico y sensato es que fueramos parte de esas Comisiones, para aunar esfuerzos entre todos y funcionen los servicios esenciales sin perjuicio a la ciudadanía, y inexplicablemente por los Acuerdos del C.G.P.J. y por parte de los miembros del TSJC en esas comisiones se oponen y es contraria a esa diponibilidad, flexibilidad y reducción de personal de los que ya estaban prestando los servicios esenciales, vista la crisis sanitaría que estamos pasando y no estamos como en una huelga con servicios mínimos, y que se pusieran en conocimiento de las Resoluciones como Instrucciones dictadas por D.G.R.A.J. al Secretario de Gobierno como Secretaria Coordinadora, para que no dicten instrucciones a los LAJs contrarias a las tomadas a dicha Dirección General.

–DESCARGA PDF INSTRUCCIÓN ADAPTACIÓN SERVICIOS ESENCIALES; adaptacion dotaciones presenciales hasta 9 de abril firma (1)[7016]

INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR LA QUE SE REALIZA U.A ADAPTACIÓN EN LAS DOTACIONES MÍNIMAS PARA GARANTIZAR LA COBERTURA DE LOS SERVICIOS ESENCIALES EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS HASTA EL 9 DE ABRIL DE 2020.

Con fecha 30 de marzo de 2020 el Ministro de Justicia dictó Resolución por la que se adapta la cobertura de servicios esenciales de la Administración de Justicia al Real Decreto Ley 10/2020 de 29 de marzo de 2020, que limita los movimientos personales para el desempeño del trabajo a los mínimos declarados esenciales durante el estado de alarma.

Dicha Resolución Ministerial, aunque de aplicación directa en nuestra Comunidad Autónoma, fue adaptada a nuestro ámbito territorial mediante Resolución de esta Dirección General de fecha 31 de marzo de 2020.
A la vista de que las dotaciones del personal que deben prestar servicio de manera presencial fijadas en dicha Resolución, podrían poner en riesgo la garantía de los servicios esenciales fijados por el Consejo General de Poder Judicial, procede realizar las adaptaciones de dichas dotaciones en la forma en que se detallan a continuación:

1º. En cada una de las Secciones Penales de las Audiencias Provinciales, un funcionario/a del Cuerpo de Gestión o Tramitación Procesal y Administrativa.

2º. En cada Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, un funcionario/a del Cuerpo de Gestión o Tramitación Procesal y Administrativa en días alternos.

3º. Por cada dos Juzgados de lo Penal, un funcionario/a de los Cuerpos de Gestión o Tramitación Procesal y Administrativa, elevando al entero en caso de que el número sea impar.

4º. En cada Juzgado de Instrucción del Partido Judicial de Las Palmas, cuando no esté de guardia, un funcionario/a del Cuerpo de Gestión o Tramitación Procesal y Administrativa endías alternos.

Las presentes Instrucciones producirán sus efectos desde el momento de su firma.
LA DIRECTORA GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Marta Bonnett Parejo

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